El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que
será aplicable el 25 de mayo de 2018, establece la designación
obligatoria de un Delegado de Protección de Datos (Data Protection
Officer, DPO) en el caso de autoridades y organismos públicos, entidades
que realicen una observación habitual y sistemática de las personas a
gran escala, y entidades que tengan entre sus actividades principales el
tratamiento, también a gran escala, de datos sensibles.
El Data Protection Officer (DPO) constituye así uno de los elementos
clave de la adaptación al RGPD y un garante del cumplimiento de la
normativa de protección de datos en las organizaciones.
El DPO deberá contar con conocimientos técnicos y jurídicos, y
obviamente en protección de datos y actuará de forma independiente.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en colaboración
con la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), ha presentado un Esquema
de certificación para el ejercicio profesional de Delegado de
Protección de Datos. La AEPD se convierte así en la primera Autoridad de
control europea en desarrollar un esquema de certificación para el
ejercicio de Delegados de Protección de Datos (DPD).
El objetivo es ofrecer seguridad y fiabilidad tanto a los
profesionales de la privacidad como a las empresas y entidades que van a
incorporar la figura del DPO a sus organizaciones ofreciendo un
mecanismo que permite certificar que los DPO reúnen la cualificación
profesional y los conocimientos requeridos.